Las dos grietas de la Constitución

ConstitucionEl sistema electoral y la separación de poderes son las dos grietas de la Constitución por donde se escapa la democracia. Con el sistema electoral actual el ciudadano no tiene un representante político al que dirigirse y por lo tanto no puede participar durante la legislatura y sin representación ni participación no hay una autentica democracia. La soberanía popular no reside en los ciudadanos sino en los partidos políticos, cuyos líderes son los que deciden las listas de quienes por su fidelidad merecen ser diputados. El ciudadano se tiene que limitar a echar una papeleta en la urna cada cuatro años para elegir la lista precocinada que menos rechazo le produce.

El sistema electoral en el que la soberanía reside en los ciudadanos y en el que hay auténtica representación y participación es el sistema de circunscripciones uninominales en el que se elige un diputado por cada circunscripción. El diputado elegido es el representante político de los ciudadanos residentes en la circunscripción y a él pueden dirigirse siempre que lo deseen, con lo que el diputado se verá obligado a representar lo que mayoritariamente opinan los ciudadanos que representa y no lo que le ordena el jefe de fila de su partido. No en vano es el sistema vigente en Francia, Reino Unido, Alemania, Estados Unidos, Canadá, Nueva Zelanda,…etc. Además, este sistema produce amplias mayorías con lo que el partido mas votado no tiene que «comprar» votos a minorías oportunistas.

La otra grieta es la separación de poderes que es actualmente prácticamente inexistente ya que el partido que gobierna controla el poder ejecutivo y el legislativo, y tiene una considerable influencia en el poder judicial. El ciudadano que se molesta en pensar sobre estas cosas no entiende porque existiendo un Tribunal Supremo de larga y antigua tradición, se han creado el Tribunal Constitucional y el Consejo Superior del Poder Judicial, y mucho menos entiende que sus miembros sean nombrados por los partidos políticos y que incluso puedan ser ajenos a la carrera judicial.

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